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El Subsidio Maternal es un beneficio que, conforme a lo explicado por ChileAtiende, entrega un aporte monetario “que se paga en reemplazo de la renta de la trabajadora o trabajador, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ley y tengan derecho a la licencia médica”.
La entidad indica que entre estos descansos pueden estar los siguientes:
- Prenatal y prenatal suplementario.
- Postnatal y postnatal prolongado.
- Postnatal parental.
- Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.
Además, este “subsidio se paga por día, desde el primer día de la correspondiente licencia médica, si esta es superior a 10 días; o desde el cuarto día, si fuere igual o inferior a 10 días”. Por ende, la entidad indica que este sigue las siguientes reglas:
- Licencia de tres días: No se paga.
- Licencia de cuatro días: Se paga solo un día.
- Licencia de ocho días: Se pagan cinco días.
- Licencia de 10 días: Se pagan los 10 días.
¿Quiénes pueden recibir el Subsidio Maternal?
Conforme a lo señalado por ChileAtiende, este beneficio lo pueden recibir las siguientes personas:
Trabajadoras dependientes que desempeñen labores en el sector privado o público que cuenten con estas condiciones:
- Seis meses de afiliación previsional antes del inicio de la licencia.
- Tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.
- Contrato de trabajo vigente.
Además, la entidad destaca que las personas que trabajan como dependientes del sector público tienen derecho a todos los descansos y permisos, por lo que tienen derecho a la mantención del sueldo, pero no el subsidio, aunque esto solo en caso de mantener la relación laboral.
Trabajadoras dependientes con contratos por día, turnos o jornadas que presenten estas características:
- Seis meses de afiliación previsional antes del día de inicio de la licencia.
- 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica.
- Contrato de trabajo vigente.
Trabajadoras independientes voluntarias que presenten:
- 12 meses de afiliación previsional anteriores al mes en que se inicia la licencia.
- Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que comenzó la licencia.
- Están al día en el pago de sus cotizaciones.
Además, estas deben acreditar que las actividades que realizan generan ingresos y se encuentran vigentes por medio de su último pago de IVA, boletas de honorarios, patente comercial u otro documento.
En caso de desarrollar actividades exentas de impuestos, estas deben ser acreditadas con dos declaraciones juradas de las personas que recibieron los servicios.
Trabajadoras independientes obligadas a cotizar con las siguientes condiciones:
- Acreditar esta calidad por medio de un comprobante de pago de cotizaciones en el SII.
- También, se indica que están “exentas de los demás requisitos a contar de julio del año en que realizan su primera declaración de renta, o sea, hasta el 30 de junio del año siguiente”.
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¿Cómo solicitarlo?
ChileAtiende señala que, para tener derecho a la licencia médica y al Subsidio Maternal, las trabajadoras dependientes deben gestionar su “licencia médica en papel o electrónicamente a través de su empleador”.
Por otro lado, quienes se desarrollen como independientes deberán hacerlo por medio de su Isapre o la Compin, en caso de estar afiliadas a Fonasa.