¿Cuáles son las vacunas obligatorias para las mascotas en Chile? - Cajas de Chile

¿Cuáles son las vacunas obligatorias para las mascotas en Chile?

Con este proceso médico, se busca proteger a los animales de enfermedades graves.

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En marzo del 2022, la Escuela de Medicina Veterinaria de la Pontificia Universidad Católica de Chile, junto al Programa Mascota Protegida de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, realizaron un estudio que estableció que en el país existen 12.482.679 perros y gatos con dueños, mientras que “otros 4.049.277 no tienen ninguna supervisión”.

De esta manera, las personas que son responsables de un animal, tienen que cumplir con ciertos deberes, entre los que se encuentra la vacunación.

En este contexto, la World Small Animal Veterinary Association indica que este proceso es recomendable para todos los perros y gatos, ya que con estos medicamentos no solo se protege a una mascota, sino que también ayuda a que se pueda crear una inmunidad colectiva para minimizar “la probabilidad de brotes de enfermedades infecciosas”.

Por ende, la entidad declara como vacunas esenciales a “aquellas que, independientemente de las circunstancias o ubicación geográfica, deben recibir todos los perros y gatos”, ya que con estas se “protegen a los animales de enfermedades graves, potencialmente mortales, que tienen distribución mundial”.

Vacunas obligatorias para las mascotas en Chile

En el 2014, el Ministerio de Salud publicó un decreto en el que se estableció que la única vacuna obligatoria para perros y gatos en Chile es la antirrábica, la cual los protege contra el virus de la rabia.

“Todo perro y gato, deberán estar permanentemente vacunados contra la rabia. Será responsabilidad de sus propietarios y de las personas a cuyo cuidado estén, mantener a estos animales con vacunación antirrábica vigente, lo que se acreditará con un certificado extendido por un médico veterinario”, señala el escrito.

En este mismo decreto se indica que la primera vacunación debe ser realizada una vez que la mascota cumple los dos meses de edad. No obstante, cuando tenga un año, se le deberá aplicar un refuerzo y se deberá continuar “vacunando con la periodicidad que indique el productor de la vacuna aplicada”.

Además, se señala que la autoridad sanitaria puede exigir el certificado que comprueba la aplicación del medicamento. En caso de no tenerlo, la persona deberá presentar el documento en un plazo máximo de cinco días, en donde se tendrá que acreditar que la mascota cuenta con la vacunación antirrábica vigente.

De esta manera, el decreto establece que el certificado de vacunación deberá contener la siguiente información:

  • Identificación del propietario del animal: Nombre completo, domicilio, teléfono y RUN.
  • Identificación del animal: Nombre, especie, raza, edad, tamaño, color y número de identificación cuando exista.
  • Vacuna: Tipo, nombre comercial, laboratorio productor, número de serie, periodo de protección, fecha de vacunación, fecha de revacunación.
  • Identificación del Médico Veterinario: Nombre completo, domicilio comercial o particular, teléfono, RUN y firma.

¿Cuál es el valor de la vacuna antirrábica?

Conforme a lo publicado por el Sernac en noviembre del año pasado, si bien la vacuna antirrábica tiene un valor mínimo de $6.000, en algunos lugares puede ser encontrada hasta por $36.000.

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